Os remito a un artículo que me ha publicado Aranzadi en el que planteo una teoría sobre cómo podría interpretarse el concepto de «novedad» a efectos de la deducción fiscal por I+D aplicable en el Impuesto de Sociedades.
No se nos debería olvidar que, atendiendo al espíritu de la ley, el objetivo de estos incentivos es potenciar la capacidad de competir de las empresas españolas.
Por ello, planteo como solución interpretativa aplicar el concepto de mercado relevante a la hora de delimitar el criterio de «novedad objetiva.»
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Artículo escrito por Oscar Viñes